Desfibriladores Externos Semiautomáticos (DESA)

Subido en Uncategorized, Abiertas, Otras, Subvenciones el 20/11/2024 por agalsa

Objeto

Establecer las siguiente actuaciones:

Autorizar a las empresas formadoras para impartir cursos de formación en materia de uso de los desfibriladores externos semiautomáticos (DESA), renovar dicha autorización y comunicar las actividades formativas.

Comunicar la instalación de desfibriladores externos semiautomáticos (DESA) en el ámbito no sanitario mediante la presentación de una Declaración Responsable.

Comunicar la modificación de la ubicación o retirada de los desfibriladores externos semiautomáticos (DESA) instalados.

Comunicar el uso de los desfibriladores externos semiautomáticos (DESA).

Beneficiarios

  • ENTIDADES PÚBLICAS O PRIVADAS NO SANITARIAS Y PARTICULARES que deseen instalar o que dispongan de un desfibrilador externo semiautomático, para su uso por personal no sanitario.
  • Las ENTIDADES O EMPRESAS que deseen impartir o que impartan la FORMACIÓN necesaria para el uso de los desfibriladores externos semiautomáticos por personal no sanitario.

Requisitos

A.- COMUNICACIÓN DE LA INSTALACIÓN DEL DESA (DECLARACION RESPONSABLE)
Art. 12 del Decreto 9/2008, de 31 de enero, por el que se regula el uso de los desfibriladores
externos semiautomáticos por personal no sanitario.

  1. Disponer de un espacio físico visible y señalizado para su ubicación.
  2. Tener identificada la marca, modelo y número de serie; nombre del fabricante y distribuidor;
    y número del organismo notificado que ha otorgado el marcado de la CE.
  3. Disponer de personal no sanitario que haya obtenido la formación correspondiente
  4. Garantizar su conservación y mantenimiento, siendo responsable el titular de la empresa o
    entidad.
  5. Tener identificados los dispositivos de conexión inmediata y activación de los servicios de
    emergencia, así como el sistema de notificación posterior de su uso a las autoridades sanitarias
    que determinen reglamentariamente.
    B.- COMUNICACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DE LA UBICACIÓN/RETIRADA DEL DESA
    Tener instalado un desfibrilador semiautomático inscrito en el Registro relativo al uso de DESA
    por personal no sanitario de Castilla y León.
    C.- COMUNICACIÓN DE USO DEL DESA
    Tener instalado un desfibrilador semiautomático inscrito en el Registro relativo al uso de DESA
    por personal no sanitario de Castilla y León.
    D.- AUTORIZACIÓN A EMPRESAS PARA IMPARTIR CURSOS DE FORMACIÓN
  6. Art. 8 del Decreto 9/2008, de 31 de enero, por el que se regula el uso de los desfibriladores
  7. externos semiautomáticos por personal no sanitario, “ Las entidades o empresas que deseen
  8. impartir formación relacionada con el manejo de DESA por personal no sanitario deberán
  9. cumplir los requisitos establecidos en el Anexo I” :
  10. Contar con una estructura física: locales adecuados que, como mínimo, dispongan de aula
    para teoría con capacidad suficiente, aulas de prácticas con una superficie de dos metros
    cuadrados por alumno y tantas aulas como módulos simultáneos se realicen.
  11. Que el responsable de la formación sea instructor acreditado en soporte vital básico o
    avanzado.
  12. Que el programa docente esté adaptado al Anexo II.
  13. Disponer del siguiente material didáctico:
    a) Material bibliográfico: manuales y material audiovisual elaborados según las
    recomendaciones de la American Heart Association o European Resuscitation Council.
    b) Material audiovisual.
    c) Material de prácticas:
  • Maniquí‐simulador para soporte vital básico que permita liberación de la vía aérea, ventilación
    artificial y masaje cardiaco externo así como uso del desfibrilador externo semiautomático.
  • Resucitador manual con mascarilla, bolsa reservorio.
  • Cánulas orofaríngeas de diferentes tamaños.
  • Un DESA de formación por maniquí.
    C.- ACTIVIDADES FORMATIVAS:


Art. 9 y 10 del Decreto 9/2008, de 31 de enero, por el que se regula el uso de los desfibriladores
externos semiautomáticos por personal no sanitario.
 Cumplir un Programa Docente adaptado al Anexo II:
Programa básico de formación:

  1. Relación instructores/alumnos: 1/8.
  2. Número de horas: 8.
  3. Contenido:
    a) Soporte Vital Básico: 3 horas (30 minutos teoría, 2 horas y 30 minutos prácticas).
    ‐ Cadena de supervivencia.
    ‐ Reconocimiento ataque cardiaco, paro cardiaco.
    ‐ Importancia de la desfibrilación precoz.
    ‐ Resucitación Cardiopulmonar Básica.
    b) Desfibrilador Externo Semiautomático: 3 horas y 30 minutos (30 minutos teoría y 3 horas
    prácticas).
    ‐ Descripción del DESA.
    ‐ Protocolos de utilización.
    ‐ Mantenimiento, recogida de datos.
    ‐ Seguridad del paciente y del operador.
    c) Evaluación: 1 hora y treinta minutos (30 minutos teoría y 60 minutos prácticas).
    Programa de reciclaje:
  4. Deberá realizarse y superarse cada dos años para mantener la autorización.
  5. Relación instructores/alumnos: 1/8.
  6. Duración: 4 horas.
  7. Contenido:
    a) Recordatorio teórico soporte vital básico, Desfibrilador Externo Semiautomático: 1 hora.
    b) Prácticas soporte vital básico y Desfibrilador Externo Semiautomático: 2 horas.
    c) Evaluación práctica: 1 hora.
     Que el Personal Docente que imparta la formación:
    a) Esté acreditado como instructor en soporte vital básico o avanzado.
    b) Haya impartido durante los 3 años anteriores a la presentación de la memoria, dos cursos
    completos o al menos 30 horas de formación en cursos de soporte vital básico o avanzado.

Plazo

Abierto de forma permanente.

Tramitación electrónica

Órgano tramitador: Junta de Castilla y León

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